Preguntas frecuentes

¿Qué es el DeCA?

El documento electrónico de control administrativo: la versión digital del documento de control que acompaña a cada envío de transporte público de mercancías por carretera (Orden FOM/2861/2012). Desde el 5 de octubre de 2026 debe ser necesariamente digital (Ley 9/2025, disposición transitoria octava) y cumplir las características de la Resolución de 5 de junio de 2026.

¿Es una aplicación del Ministerio? ¿Hay que registrarse en algún sitio?

No. El Ministerio dice expresamente que el DeCA no es una aplicación suya: cada empresa necesita una, propia o contratada. No hay que registrar ni certificar la aplicación, ni comunicar el dominio del repositorio, ni subir los documentos a ninguna plataforma oficial.

¿Quién tiene que hacerlo, el cargador o el transportista?

Ambos están obligados a formalizarlo y ambos responden de que vaya a bordo, salvo que el cargador contractual pruebe que lo emitió. En la práctica lo genera quien tiene los datos: normalmente el transportista efectivo. El cargador contractual responde de los datos a) a d) (quién contrata, quién transporta, origen y destino, mercancía y peso) y el transportista de los e) a g) (autorización especial, fecha y matrículas).

¿Qué pasa si subcontrato el viaje a otro transportista?

El subcontratado es el transportista efectivo y tú pasas a ser el cargador contractual de ese envío. La aplicación lo contempla: eliges tu papel y el documento identifica a cada uno de forma expresa.

¿Vale llevarlo impreso?

Sí, como copia del DeCA: la copia impresa debe llevar el código QR y no se tendrán en cuenta las anotaciones a mano. La única forma válida de cambiar un dato es modificar el documento en la aplicación.

¿Y si el conductor no tiene cobertura cuando le paran?

El agente solo necesita leer el QR; la descarga la hace él desde su dispositivo. Aun así, la app del conductor guarda el PDF y el QR en el teléfono para mostrarlos sin conexión.

¿Hay que firmarlo?

No. La Orden no exige firma. Si se quiere firmar con finalidad contractual (por ejemplo, usándolo como carta de porte), la Resolución exige al menos firma electrónica avanzada.

¿Puedo poner varios envíos en un documento?

Sí, si el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos en todos. Cada envío va identificado con su origen, destino, naturaleza y peso, y el orden no implica secuencia de ejecución.

¿Cuánto tiempo hay que guardarlo?

Al menos un año, tanto el cargador como el transportista. La aplicación no permite borrar documentos emitidos y mantiene la URL de descarga activa durante ese año para que el cargador pueda bajar su ejemplar.

¿Qué multa hay por no llevarlo?

La carencia o falta de datos esenciales de la documentación de control es infracción grave (art. 141.17 LOTT), con multa de 401 a 600 €. Falsear los datos es muy grave (art. 140.9): de 4.001 a 6.000 € y, en reincidencia, hasta 18.000 €, con pérdida de honorabilidad del gestor de transporte.

¿Transporte internacional, privado o paquetería?

El DeCA solo se exige en transporte interior (nacional y cabotaje). El internacional usa los documentos de los convenios; el privado complementario no lleva DeCA, y están exentos las mudanzas, los vehículos averiados en vehículos especiales y la paquetería de pocos bultos manipulables por una persona.